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Juristas Independientes piden nuevamente al TSE encaminar el referéndum para modificar parcialmente la Constitución

Mediante un comunicado, el grupo de Juristas Independientes informó que presentó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) una nueva propuesta de referendo para la reforma parcial de la Constitución Política del Estado en el ámbito judicial. El pedido inicial se hizo el pasado 28 de julio.

“En la búsqueda de una justicia independiente, transparente y accesible para los bolivianos, luego de transcurridos 139 días del momento de inicio de trámite, sin que hasta el momento hayamos podido siquiera iniciar la impresión de libros, presentamos ante al TSE una nueva solicitud reiterando la consideración de aspectos puntuales, a fin de viabilizar el desarrollo de esta iniciativa ciudadana”, señala la nota.

Los abogados independientes tomaron la determinación de presentar por segunda vez la solicitud después de no obtener respuesta en casi cinco meses, y de tomar conocimiento que el TSE celebrará en los próximos días sus últimas sesiones de Sala Plena de la presente gestión.

“Hemos solicitado concluir con esta serie de obstáculos que se vienen produciendo hasta el momento, se elimine la innecesaria intervención de los notarios y  se habilite para el efecto al Secretario de Cámara del TSE, garantizando de esta manera el  derecho constitucional que tenemos los bolivianos para ejercer la democracia directa prevista en el artículo 11, parágrafo II, numeral 1 de la Constitución Política del

Estado, evitando que los reglamentos observados y la normativa notarial se conviertan en un obstáculo que impida el ejercicio de nuestro derecho”, se lee en el documento.

Los puntos que expone la misiva son:    

1.    Recordamos que, cuando presentamos nuestra solicitud, estaba vigente el “Reglamento para la Verificación de Huellas, Firmas y la Pregunta en el Proceso de Iniciativa Popular para el Referendo”, aprobado por Resolución TSE-RSP_ADM Nº 071/2017 de 15 de marzo de 2017. Sin embargo, nuestra petición recién fue respondida mediante Resolución TSE-RSP-ADM Nº 00377/2022 de 18 de octubre, efectivamente notificada el 28 del mismo mes, concretamente 92 días después de recibida nuestra propuesta.

2.    Previo a la notificación, nos enteramos que en fecha 14 de octubre, es decir 4 días antes de aprobar la resolución de respuesta, aprobaron la Resolución TSE-RSP_ADM Nº 0372/2022, estableciendo la obligación de que las Actas de Apertura y Cierre de los libros de firmas ciudadanas de adhesión, deban ser llenadas y suscritas por un Notario de Fe Pública.

3.    Estos cambios, nos llevaron a pedir su enmienda, aclaración y complementación, haciendo énfasis en el hecho de que sí los libros, previamente a su llenado, deben contar con la autorización del Órgano Electoral, la exigencia que el Acta de Apertura cuente con la participación de un Notario de Fe Pública no solo era un abundamiento formal burocrático e innecesario, sino que constituye una invasión al ejercicio de la función electoral exclusiva (art. 5 LOE) e indelegable del órgano electoral (art. 24 -20 LOE), que no puede ser traslada a otros órganos o servidores públicos.

4.    Adicionalmente, en carta de fecha 25 de noviembre dirigida al Presidente del TSE, hicimos conocer que la instrucción de participación notarial, no toma en cuenta las últimas modificaciones al procedimiento notarial aprobadas por la Dirección del Notariado Plurinacional del Ministerio de Justicia en junio y agosto de este año, que establecen un procedimiento oneroso, complicado, centralizado y burocrático que terminaría de echar por tierra todas las previsiones económicas y de duración de los trámites inicialmente previstos, resultando este requisito una restricción al ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía, teniendo en cuenta que nos queda un largo camino que recorrer para evitar que en nuestro país pers

Fuente:Erbol

Publicado el 14/12/2022

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