Prensa GADLP | 27-08-2025
En el departamento de La Paz está vigente el Decreto Departamental 170/2025, que dispone el Reglamento de Gestión de Residuos generados en mataderos, para evitar la contaminación del medio ambiente con desechos como sangre, estiércol y aguas residuales.
“El decreto departamental 170 es el reglamento de gestión de residuos generados en mataderos. Nace a partir de la necesidad de regular estos espacios, porque hemos visto que muchos de ellos disponían estiércol, sangre o aguas residuales directamente en afluentes o rellenos, causando un fuerte impacto ambiental. Ahora contamos con una guía clara para la gestión operativa y el aprovechamiento adecuado de estos residuos”, explicó la responsable de fiscalización, de la Secretaría Departamental de los Derechos de la Madre Tierra, Claudia Yujra Guarachi.
El reglamento fija pautas precisas para los administradores, dueños o responsables de mataderos, ya sean públicos o privados, desde la separación y tratamiento de los residuos, hasta la disposición final; todo para garantizar que no se arroje a la tierra o afluentes. Además, promueve el uso efectivo de subproductos, como la sangre o los huesos, que pueden convertirse en harina con operadores autorizados, como es el caso de SAMI.
“Un ejemplo claro es que tenemos operadores que adquieren sangre de mataderos y la convierten en productos útiles para la industria, dándole un destino responsable a lo que antes era desecho. Ese es el camino que queremos consolidar con este reglamento”, añadió Yujra.
Un dato interesante es que las inspecciones realizadas en diferentes municipios han detectado mataderos que aún funcionan de manera artesanal, sin procesos adecuados para tratar sus residuos. Con la entrada en vigencia del Decreto 170, estas prácticas deberán transformarse obligatoriamente, bajo riesgo de sanciones que van desde leves hasta gravísimas.
La normativa departamental no solo regula el ámbito jurídico y operacional, sino también abre la puerta a la innovación y permite aprovechar los residuos en procesos de compostaje, producción de fertilizantes y otros usos que aportan valor agregado al sector productivo y contribuyen a una economía circular y sostenible.
La funcionaria departamental enfatizó sobre la tarea compartida entre el Gobierno departamental, los municipios y empresas productoras. “Estamos trabajando de manera conjunta con los gobiernos municipales y las cabezas de sector. Todos debemos colaborar para proteger a la Madre Tierra y evitar que los mataderos sigan siendo focos de contaminación”, puntualizó Yujra.
Para las sanciones hay una escala que va desde leves, con un salario mínimo nacional para el caso de persona natural y para persona jurídica, de dos a cuatro salarios mínimos nacionales.
En el caso de sanciones graves, son de tres a cinco salarios mínimos nacionales para personas naturales y para personas jurídicas, de cinco a 20 salarios mínimos nacionales.
Finalmente, las sanciones por infracciones gravísimas van de seis a 10 salarios mínimos nacionales, en el caso de persona natural y para persona jurídica, de 21 a 40 salarios mínimos nacionales.
El cuerpo legal contiene 28 artículos, una disposición transitoria y una abrogatoria y derogatoria; además de una ficha técnica que está en el marco de los anexos.
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IBP
Publicado el 27-08-25